Humanista Peru

Proyecto Ley 1569-2021 “De lineamientos para la gestión de tutoría, orientación educativa y prevención de riesgo en el marco de la diversidad”

REQUIERE APOYO DEL COLECTIVO PROFESIONAL DE TRABAJADORES SOCIALES
El proyecto de ley 15-69-2021 PROPONE se modifique el artículo 3 de la Ley N° 29719 Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, en los siguientes términos:
Artículo 30• Designación de un profesional que conforme un equipo multidisciplinario
𝐃𝐞𝐜𝐥á𝐫𝐚𝐬𝐞 𝐝𝐞 𝐧𝐞𝐜𝐞𝐬𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐥𝐚 𝐝𝐞𝐬𝐢𝐠𝐧𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐝𝐞, 𝐩𝐨𝐫 𝐥𝐨 𝐦𝐞𝐧𝐨𝐬, 𝐮𝐧 𝐩𝐫𝐨𝐟𝐞𝐬𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐏𝐬𝐢𝐜𝐨𝐥𝐨𝐠í𝐚, 𝐏𝐬𝐢𝐜𝐨𝐥𝐨𝐠í𝐚 𝐄𝐝𝐮𝐜𝐚𝐭𝐢𝐯𝐚, 𝐏𝐬𝐢𝐜𝐨𝐭𝐞𝐫𝐚𝐩𝐞𝐮𝐭𝐚, 𝐨 𝐓𝐑𝐀𝐁𝐀𝐉𝐀𝐃𝐎𝐑 𝐒𝐎𝐂𝐈𝐀𝐋 en cada Institución educativa, encargado de la prevención y el tratamiento de los casos de acoso y de
violencia entre los alumnos, así como trastornos o enfermedades que pudieran provocarse como consecuencia de hechos de emergencias sanitarias o desastres naturales.
El Ministerio de Educación define las funciones de este profesional, en el marco de la orientación, formación y terapia educacional individual o colectiva.